El contrato de prestación de servicios de los autónomos

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El contrato de prestación de servicios es un documento fundamental para cualquier autónomo que va a realizar un trabajo. No solo deja bien claro en qué consiste tu servicio y las condiciones que debe cumplir tu cliente, sino que además te defiende ante posibles problemas futuros.

Desde Txerpa Asesoría Online queremos ayudarte a conocer sus partes, para que aprendas a redactarlo, así como qué cuestiones son más importantes para preservar tu independencia laboral como profesional autónomo, así como tus derechos.

Un artículo que te ayudará tanto si te acabas de dar de alta como autónomo, como si quieres saber si tienes cláusulas abusivas en tu contrato mercantil, como si ya eres autónomo y quieres formalizar un contrato mercantil con un cliente. ¡Vamos allá!

Contrato de prestación de servicios:

Al establecerse una relación totalmente comercial, este tipo de contratos ni siquiera se rigen por el derecho laboral, sino que está reglado por el Código del Comercio. En su artículo 50 se desarrolla de manera general los contratos mercantiles, independientemente de su forma.

El contrato de prestación de servicios es importante a la hora de establecer las condiciones de esa relación laboral, sobre todo para autónomos, por diferentes motivos:

  1. porque describen el servicio y las obligaciones del profesional.

  2. porque debe contener las posibles indemnizaciones en el caso de ruptura de la relación comercial.

  3. por su parte, el empresario se cubre las espaldas ante posibles inspecciones.

Antes de continuar, recuerda que no es lo mismo un autónomo TRADE que un autónomo clásico. Tanto es así que los primeros tienen derecho a establecer en el contrato cuestiones como derecho a 18 días de vacaciones al año, así como excepciones particulares en las que podría rescindir el contrato de prestación de servicios profesionales sin ningún tipo de consecuencias legales.

Las partes del contrato de prestación de servicios:

Lógicamente, en el contrato deben detallarse todos los datos de las dos partes, fecha y lugar de firma, así como una descripción detallada de la prestación del servicio y la duración del mismo.

Además, es importante que dejar bien claras las siguientes cuestiones:

  • organización del trabajo: el contrato debe establecer que la organización del trabajo corresponderá al autónomo. Recuerda que uno de los requisitos para ser considerado autónomo es desempeñar tu labor profesional de manera independiente, por lo que no se respetará la legislación en el caso de que estés obligado a trabajar en unos horarios o número de horas determinadas. Este punto es problemático también.

    EJEMPLO: Imaginemos una profesional de la estética que firma un contrato de prestación de servicios con una peluquería. En el contrato, la peluquería sí podría establecer que la profesional debe prestar sus servicios cuando los clientes así lo requieran.

  • material necesario: en todos los casos de contratación de autónomos, el material necesario para la realización del trabajo debe ser propiedad del autónomo, no de la empresa. 

    Determinadas sentencias que han condenado a empresas por considerar que sus autónomos eran en realidad falsos autónomos, han destacado este punto.

  • precio: además del precio que se cobrará por la prestación del servicio por parte del autónomo, las cláusulas del contrato también suelen establecer las comisiones que recibirá el profesional.

    Imaginemos un mes en el que el cliente te pide algún trabajo extra. Deja estas cuestiones bien cerradas con el contrato. Además, piensa que autónomo y salario fijo son incompatibles, puesto que su trabajo implica de por sí ingresos aleatorios.

    Para profundizar más en en este tema, te recomendamos el vídeo de Laura Ribas sobre cómo poner precio a tu producto, así como el artículo de Carlos Carbellido, específico para contratos de prestación de servicios de profesionales autónomos del marketing online.

  • plazos y métodos de pago: el contrato debe establecer el plazo de los pagos por parte del empresario, así como el método de pago, como transferencia bancaria. 

A la hora de llegar a un acuerdo con tu cliente, recuerda que según la Ley de Morosidad, en términos genéricos debe pagarte en un plazo máximo de 30 días naturales, ampliable a 60. Recuerda también establecer los intereses que debería pagarte en caso de no cumplir con los plazos de pago acordados.

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  • resguardos de obligaciones fiscales: en muchas ocasiones, las cláusulas establecen que es autónomo se compromete a cumplir con sus obligaciones fiscales, como pago trimestral del IVA, así como el pago de las cuotas de autónomo a la Seguridad Social. El contrato puede establecer que el autónomo muestre al empresario con el que ha suscrito el contrato los pagos regulares. 

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Si eres el proveedor de servicios, es posible que te pidan el certificado de corriente de pago de la Seguridad Social. Si eres tú el que subcontrata… ¡No te olvides de pedirlo como cliente!

  • duración del contrato: es importante que se establezca la duración de la relación comercial. Así, ante incumplimiento de contrato, el autónomo no queda desamparado ante la ley. Las condiciones de renovación del mismo también deben establecerse en las cláusulas.

  • prohibición de subcontratación: es también muy común encontrar cláusulas que prohiben la subcontratación de los servicios para cumplir con el contrato. Es decir, establecer que no puedes enviar a nadie para realizar tu servicio en el caso de baja temporal. 

  • jurisdicción: el contrato debe establecer los Juzgados y Tribunales a los que ambas partes recurrirán para solucionar cuestiones o controversias que pudieran surgir. Según destaca Iberley, en el caso del contrato de prestación de servicios profesionales de autónomos, se trata del Juzgado de lo Mercantil.  

    Es importante recordar en este punto la inclusión de indemnizaciones en el caso de incumplimiento por algunas de las partes.

  • riesgos laborales: los riesgos laborales corren a cuenta del autónomo. 

  • dirección técnica: este es un punto muy problemático en este tipo de relaciones. Se supone que al contratar tus servicios, el empresario confía en tus conocimientos como profesional, por lo que debes tener libertad a la hora de desarrollar tu trabajo siguiendo las direcciones técnicas que tú mismo estableces.

    No obstante, el empresario también puede establecer en el contrato de prestación de servicios frases del tipo "El trabajador autónomo desarrolla su actividad de forma independiente, con criterios organizativos propios sin perjuicio de las indicaciones técnicas que pudiera percibir de su cliente". Es muy importante por tanto dejar muy claro este punto en el contrato, pues no puede mermar tu independencia profesional

 

Esperamos haberte ayudado a entender mejor el contrato comercial de un autónomo.

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