Alta de autónomo por segunda vez ¡Todas las claves!

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(Actualizado el 30 de julio de 2018)

Si vas a darte de alta de autónomo por segunda vez, tienes que tener en cuenta determinadas cuestiones que te ayudarán a formalizar tu reingreso en el RETA con las mejores garantías.

Desde Txerpa Asesoría Online queremos explicarte cómo darte de alta de autónomo de nuevo, centrándonos sobre todo en el tema de las bonificaciones y tiempos. Piensa que los plazos son muy importantes, de manera que no sería lo mismo si hace años que fuiste autónomo, o si se trata de un alta de autónomo en el mismo año. ¡Toma nota de estos consejos!  

Cómo darte de alta por segunda vez en Hacienda:

No vamos a entrar en cuestiones de procedimiento o burocracia, porque estamos convencidos de que cuando te diste de alta como autónomo la anterior vez ya hiciste un máster. Sí queremos recordarte que, en lo que respecta al alta en Hacienda, tienes que tener muy en cuenta las retenciones de IRPF, en el caso de que por tu tipo de actividad estés obligado a emitir facturas con retención.

Recuerda que sólo será obligatorio que realices retenciones en el caso de que emitas la factura de venta profesional, es decir para autónomos con epígrafe profesional, y siempre que factures a otro autónomo o empresa y siempre que no seas autónomo con epígrafe empresarial.

Si la anterior vez que fuiste autónomo tenías un epígrafe del IAE con categoría de profesional y pudiste beneficiarte de la retención reducida del 7% en tus facturas, las fechas aquí son muy importantes si vuelves a darte como autónomo también con un epígrafe profesional.

Como puedes aplicar en tus facturas esta retención de IRPF reducida durante el ejercicio fiscal en el que te des de alta, así como en los dos siguientes, si cuando te des de alta como autónomo por segunda vez en Hacienda no ha pasado ese plazo, podrás seguir facturando con retención reducida. Si ya se han superado los años permitidos, ya no tendrás derecho y estarás obligado a retener el IRPF que te corresponda.

Puedes ver los PORCENTAJES DE RETENCIÓN DE IRPF

Deducciones en la Declaración de la Renta en sucesivas altas de autónomo:

Hay dos reducciones de la Ley de IRPF para nuevos autónomos que tributan en estimación directa muy interesantes, que nos gustaría destacar: hablamos de la reducción del 30% para los llamados "rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo", así como la reducción del rendimiento neto de las actividades económicas en 2.000 euros. 

Piensa que en el caso de deducciones o reducciones para nuevos autónomos, puedes llegar a tener problemas para beneficiarte de ellas cuando te des de alta de autónomos por segunda vez, incluso si fuera en el mismo ejercicio fiscal.

Te recomendamos que preguntes a tu asesor fiscal. De hecho, en el caso de la segunda reducción, la normativa indica claramente que se entiende como inicio de actividad económica:

"Cuando no se hubiera ejercido actividad económica alguna en el año anterior a la fecha de inicio de la misma, sin tener en consideración aquellas actividades en cuyo ejercicio se hubiera cesado sin haber llegado a obtener rendimientos netos positivos desde su inicio".

Esto último se refiere a aquellas personas que se han dado de alta pero tuvieron que cesar por no conseguir tener ingresos. Recuerda informarte bien de esto y ten en cuenta que ambas deducciones son incompatibles. 

Cómo darte de alta de autónomo por segunda vez en la Seguridad Social:

Si vas a darte de alta de autónomo por segunda vez en 2018, recuerda las novedades relacionadas con el alta que ya están activas este año, tras la aprobación de la Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo

Cotización por días: así como antes tenías que pagar el 100% de la cuota mensual de autónomo, aunque te dieras de alta poco antes de acabar el mes, con esta nueva medida, podrás cotizar por los días reales de cotización, es decir, desde la fecha efectiva de alta en el caso de que cumplas con los plazos establecidos, pero solo en 3 ocasiones al año

Ahora bien, mucho ojo si te das de alta como autónomo más de tres veces por año, porque a partir de la cuarta tendrás que pagar todo el mes, según recuerda la Seguridad Social en su página web.  Para saber cómo cumplir con los plazos del alta, te recomendamos que leas nuestras guías.

Además, como novedad importante, recuerda que debes registrarte obligatoriamente en SEDESS, puesto que desde el 1 de octubre de 2018 solo puedes hacer online las gestiones con la Seguridad Social.

¿Puedo reanudar la tarifa plana de autónomos?:

Recuerda que tras la aprobación de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, si vas a darte de alta de autónomo por segunda vez, para poder beneficiarte de la tarifa plana en tu cuota de autónomo tendrás que esperarte dos años a contar desde la fecha de tu anterior baja por cese de actividad.

Si ya te beneficiaste de la tarifa plana la anterior vez que fuiste autónomo, podrás recuperarla a partir de los 3 años.

Al cambiar la normativa para reanudar la tarifa plana, como consecuencia, si te das de alta varias veces como autónomo en el mismo año no podrás recuperarla una vez te des de baja la primera vez. Puedes ampliar la info para reanudar la tarifa plana.

Esta norma sería aplicable también para el resto de bonificaciones, excepto:

  1. la bonificación de pluriactividad, ya que solo está contemplada para nuevas altas.

  2. que seas mujer y cesaras tu anterior actividad como autónoma por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela. En este caso sí tendrás derecho a disfrutar de una tarifa plana durante un año, cuando vuelvas a darte de alta como autónoma, en el caso de que lo hagas en los dos años siguientes a la fecha en la que anteriormente te diste de baja del RETA. Si es tu caso, conoce la tarifa plana tras la maternidad.

  3. bonificación para autónomo colaborador: para beneficiarte de esta bonificación de nuevo, en el caso de que ya hayas sido autónomo, tendrías que esperar hasta 5 años

Cuotas de autónomo 2020:

Si no puedes beneficiarte de ninguna bonificación por ser autónomo de nuevo, recuerda que tendrás que pagar el 100% de la cuota, excepto en el mes del alta que podrías cotizar desde la fecha de inicio de tu actividad.

Tras el cambio en el sistema de cotización de los autónomos todas las cotizaciones son obligatorias, de manera que la cuota de autónomos 2020 tiene un coste de 286,15 euros al mes a fecha de febrero de 2020, según la base mínima de cotización.

Piensa que en estos momentos los tipos de cotización han sido actualizados, pero no las bases, que siguen siendo de momento las mismas que en 2019. ¿Consecuencia? Se espera un aumento en breve.

¿Puedo conseguir el pago único del desempleo o la capitalización del paro si ya he sido autónomo?

Las segundas alta de autónomo nos hacen plantearnos muchas posibilidades, sobre todo en el caso de los desempleados que están cobrando el paro. Si cuando te diste de baja como autónomo reanudaste el paro y aún te queda, lo tendrás complicado para pedir el pago único por segunda vez. Si ya lo solicitaste, sucedería lo mismo. 

Tal y como indica la normativa de acceso al pago único de la prestación por desempleo, que textualmente dice: "Se excluirán de la medida prevista (...) aquellas personas cuyo último empleo haya sido por cuenta propia, y quienes hayan hecho uso de este derecho u obtenido el pago único de la prestación por desempleo en los 24 meses inmediatamente anteriores".  

Eso sí, recuerda que si tu paro se trata de la prestación por cese de actividad, sí puedes pedir el pago único de esta para abrir un nuevo negocio.  

 

Esperamos haberte dejado más claro todo lo que tienes que tener en cuenta para alta de autónomos sucesivas. Si no has resuelto tu duda, deja tu comentario o escríbenos a través del chat e intentaremos ayudarte. 

 

¿Buscas asesoría fiscal online para darte de alta como autónomo? Déjanos un mensaje en el chat, escríbenos a info@txerpa.com o llámanos al 971914200 y nuestros asesores te explicarán cómo funciona Txerpa Gestoría Online y cómo podemos darte de alta como autónomo sin salir de casa. 

 

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