Cómo solicitar las ayudas coronavirus para la Hostelería

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(Actualizado el 1 de febrero de 2021)

Conoce todos los requisitos y pasos para solicitar las ayudas coronavirus para los autónomos de la Hostelería.

Esta prestación de la Seguridad Social fue aprobada en la última ampliación de las ayudas del pasado año y podrás solicitarla si te has visto obligado a cerrar tu negocio como consecuencia de una resolución adoptada por una autoridad competente, como medida de contención en la propagación del coronavirus. Es decir, por cualquier normativa que te impida abrir tu negocio, independientemente de la Administración.

Recuerda que desde el 10 de noviembre de 2020, aunque la normativa comunitaria o local te permita servir comida para llevar o a domicilio, también podrás solicitarla.

Y es que desde este 10 de noviembre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha anunciado que se flexibilizan las medidas de acceso a la prestación por cierre con motivo del coronavirus.

Si tienes un negocio de hostelería sigue leyendo, porque te contamos cómo solicitar tu ayuda, según la última ampliación prevista hasta el 31 de mayo de 2021. ¡Ponte al día con Txerpa Asesoría Online!

Cómo solicitar la ayuda para hostelería con motivo del coronavirus:

El gran problema para que los autónomos de la hostelería consiguieran la prestación por cierre forzoso estaba en el propio texto del Real Decreto que la aprobaba:

“Los trabajadores autónomos que se vean obligados a suspender todas sus actividades como consecuencia de una resolución adoptada por la autoridad competente como medida de contención en la propagación del virus COVID-19, tendrán derecho a una prestación económica de cese de actividad de naturaleza extraordinaria”.

Como habla de suspender todas las actividades, si en la localidad en la que esté establecido el negocio hostelero debe cerrar a determinadas horas, pero puede ofrecer comida para recoger en el local o a domicilio, las mutuas aducían que eso no era cierre total, por lo que denegaban la ayuda.

Pero desde noviembre, si te ves obligado a cerrar tu local por mandato de cualquier administración Pública, pero no vas a ofrecer comida a domicilio, o para llevar, también podrás solicitar tu ayuda por cierre forzoso sin problema.

Según ha indicado el Ministerio de Seguridad Social, cuando presentes tu solicitud a tu mutua, solo tienes que adjuntar una declaración responsable. Se trata de un documento con el que indicarás que, bajo tu responsabilidad, aseguras que cumplirás con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho en la que especifiques que no vas a ofrecer este tipo de servicio.

Además de esta declaración responsable, pensada para autónomos de hostelería, cuando solicites la ayuda también tendrás que comunicar a la mutua si algún miembro de tu unidad familiar es o puede ser beneficiario de esta ayuda, o si cuentas con algún ingreso como trabajador por cuenta ajena.

Esta comunicación tendrás que hacerla con una declaración jurada de los ingresos que se perciben, o un certificado de empresa y la declaración de la renta.

Si te afectara alguna de estas dos cuestiones, lee la letra pequeña de los siguientes puntos, pues está muy relacionada con esto. Es importante respetar este hecho porque pueden reclamarte posteriormente la ayuda.

Requisitos para conseguir la ayuda para hostelería:

Además de verte obligado a cerrar el local, el resto de requisitos para solicitar esta ayuda son:

  • Estar de alta como autónomo en el RETA antes del 31 de enero de 2021.

  • No tener deudas con la Seguridad Social. Si fuera tu caso, la opción que te ofrece la Seguridad Social es saldar el pago en los 30 días naturales. Recuerda que puedes hacer el pago con tarjeta sin moverte de casa.

  • Seguirás en el RETA, pero sin la obligación de pagar las cuotas de autónomo, aunque este tiempo se considerará cotizado.

  • Aunque es incompatible con un trabajo por cuenta ajena, podrías hacerlo si ganaras ingresos inferiores a 1,25 veces el SMI.

Recuerda que existen otras ayudas a las que puedes acogerte como autónomo de hostelería, como por ejemplo por descenso de los ingresos 👇

Solicita tu ayuda en los 21 días siguientes a la fecha en que entre en vigor la medida que establezca el cierre de los negocios de hostelería, para así tener derecho al cobro desde el principio, y para que todo este tiempo se considere cotizado.

Si tramitaras la solicitud pasados estos 21 días, el tiempo de diferencia no se entendería cotizado y recibirías tu prestación a partir del mes siguiente.

¿Cuánto cobraré y hasta cuándo?

Cobrarás el 50% de la base mínima. Estamos hablando de unos 470 euros aproximadamente. Ahora bien, existen excepciones:

  1. cobrarás un 20% más si eres familia numerosa y los únicos ingresos de tu familia proceden de tu actividad suspendida durante ese periodo.

  2. en el caso de que en tu casa vivieran 2 o más familiares hasta el primer grado de parentesco (por consanguinidad o afinidad), que también tuvieran derecho a esta prestación extraordinaria de cese de actividad, cada uno cobraría el 40%. En este caso no sería aplicado el 20% más para familias numerosas, sino más bien al contrario.

Recuerda que esta ayuda estará vigente de momento hasta el 31 de mayo.

Si hubiera cualquier error por parte de la Seguridad Social en el cobro de tus cuotas durante este tiempo, puedes emitir una solicitud de devolución de ingresos indebidos.

Otros tips para autónomos de hostelería durante la pandemia de coronavirus:

Hasta el 31 de enero de 2021 se estableció la medida para llegar a un acuerdo de pagos con el casero de tu local comercial. Recogía diferentes opciones para aquellos hosteleros con grandes caseros como arrendadores o no. al que debes llegar con tu casero. No te pierdas nuestra guía de ayudas al alquiler de locales comerciales Covid19.

Estaremos pendientes de futuras ampliaciones o medidas al respecto.

Esta ayuda se encuentra dentro del Plan de Rescate a la Hostelería y Turismo, que incluiría además reducción en la tributación de aquellos negocios que tributen por módulos, aplazamiento del pago del primer trimestre 2021, nueva línea ICO y extensión de los ERTE, así como bonificaciones en la contratatción. Puedes ampliar la info en nuestra guía de Novedades 2021.

En estas novedades recuerda que el aumento del IVA a las bebidas azucaradas no afecta al sector hostelero.

Además puedes encontrar ayudas en otras administraciones como tu localidad, Diputación o Comunidad Autónoma, algunas compatibles con las prestaciones extraordinarias de la Seguridad Social con motivo del coronavirus, muchas pensadas para negocios de hostelería.

Si tuvieras que ir a tu negocio durante horarios restringidos, debido al estado de alarma y para ahorrar problemas en posibles controles, lleva siempre contigo tu certificado de desplazamiento.

¡Seguiremos informando de más novedades sobre la hostelería relacionadas con el coronavirus!

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