Ayudas Autónomos afectados por Catástrofes Naturales 2019

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El Gobierno ha previsto ayudas para los autónomos afectados por las lluvias torrenciales que azotaron este septiembre la Comunidad Valenciana, Región de Murcia, Castilla-La Mancha, Andalucía y la Comunidad de Madrid. Asimismo, ser verán beneficiados los afectados por incendios forestales u otras catástrofes naturales, sucedidas a lo largo desde abril a septiembre de 2019.

Mediante el Real Decreto-ley 11/2019, publicado en el BOE el 21 de septiembre, el Gobierno ha previsto un conjunto de medidas, que según el Ministerio de Trabajo contarán por el momento con un presupuesto de 58,43 millones de euros en materia de prestaciones y bonificaciones.

Este tipo de ayudas son muy similares al aplazamiento de cuotas que se permitió a los autónomos mallorquines afectados por las lluvias torrenciales de 2018.

Desde Txerpa Gestoría Online te resumimos en este artículo las medidas que más te afectarán si eres autónomo en las zonas afectadas, tengas o no trabajadores a tu cargo. ¡Sigue leyendo!

Ayudas de la Seguridad Social para autónomos afectados por catástrofes naturales

Entre las medidas más importantes de la Seguridad Social para ayudar a los autónomos afectados por lluvias, incendios y otras catástrofes naturales este 2019, destacan las medidas para autónomos empleadores que se han visto obligados a realizar despidos por los efectos de estas catástrofes naturales, así como para todo tipo de trabajadores por cuenta propia. Vamos a verlo por partes.

Ayudas para autónomos empleadores afectados por catástrofes:

  • los casos de suspensiones de contrato, reducciones de jornada, despidos colectivos y pérdidas de actividad provocadas por estos siniestros, serán consideradas como situaciones de fuerza mayor

  • en los casos de suspensión de contrato o reducción de jornada, la Tesorería General de la Seguridad Social exonerará al empresario del abono de las cuotas de la Seguridad Social y de los conceptos de recaudación conjunta mientras dure la misma. Además, este periodo se va a considerar efectivamente cotizado por el trabajador.

  • las indemnizaciones de los trabajadores correrán a cargo del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) en caso de extinción del contrato.

Autónomos que se ven obligados a cesar su actividad:

Aquellos autónomos que se vean obligados a cesar su actividad, podrán cobrar el paro de autónomos aunque no hayan cotizado el periodo mínimo de 12 meses.

Además, la Seguridad Social no computará esos meses de cese de actividad.

Si el autónomo necesita cesar el negocio temporalmente con baja en el RETA, y coincide que está en este momento disfrutando de alguna bonificación de la Seguridad Social, al solicitar de nuevo el alta en el RETA en el futuro retomará la bonificación con los meses que le queden por disfrutar.  

Y en términos generales, tanto las empresas como los trabajadores por cuenta propia de cualquier régimen de la Seguridad Social, podrán solicitar una moratoria de hasta un año, sin interés, en el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social y de los conceptos de recaudación conjunta correspondientes a tres meses naturales consecutivos. Este tiempo se contará desde el mes anterior al siniestro o, para trabajadores por cuenta propia, desde el mismo mes en que se produjo.

Beneficios fiscales para autónomos afectados por catástrofes naturales

Además de medidas relacionadas con la Seguridad Social, el Real Decreto-ley también contempla otras medidas fiscales para paliar determinados daños que los autónomos hayan sufrido en sus negocios a causa de catástrofes naturales. A continuación te destacamos algunas:

  • exención del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del ejercicio 2019 y 2020, cuando el autónomo pueda acreditar que tanto las personas, como los bienes ubicados en los locales hayan sido realojados total o parcialmente en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños. En el caso de explotaciones agrícolas y ganaderas, cuando los siniestros no hayan podido ser cubiertos por seguro público o privado.

  • reducción en el IAE del ejercicio fiscal 2019 y en su caso 2020, también en el caso de realojamiento, o si ha habido daños que han obligado al cierre temporal de la actividad.

Tanto en el caso del IBI, como en el del pago del IAE, si los autónomos ya hubieran realizado los pagos correspondientes, pueden solicitar su devolución a la administración competente.

  • en el caso de que el autónomo se vea obligado a dar de baja algún vehículo, o solicitar duplicados de permisos destruidos o extraviados por las catástrofes, no tendrán que pagar las tasas de Tráfico.

Puedes encontrar todas las medidas en el Real Decreto-Ley 11/2019.

En cuanto a las reclamaciones a seguros, puedes encontrar bastante información en este artículo.

Requisitos para beneficiarse de las ayudas para paliar efectos de catástrofes naturales

Según reza el Real Decreto-ley, podrán verse beneficiados por estas medidas los autónomos cuyos negocios se hayan visto afectados en las zonas que a continuación te detallamos, por los siguientes incendios, temporales y otras catástrofes naturales:

  1. los autónomos de las provincias de Tarragona, Lleida y Toledo, así como la Comunidad de Madrid, afectados por los incendios forestales sucedidos entre el 26 y 28 de junio de 2019.

  2. la Comunidad Foral de Navarra, por las inundaciones del 8 de julio de 2019.

  3. aquellos situados en la provincia de Ourense, que sufrieron la tormenta de granizo e inundaciones durante el 8 de julio de 2019.

  4. aquellos autónomos afectados por las lluvias torrenciales entre el 25 y el 27 de agosto de 2019 en Comunidad de Madrid, las provincias de Zaragoza y Cáceres, La Rioja, las provincias de Segovia, Valladolid, Ávila, Toledo, Ciudad Real, Alicante, Castellón, Valencia, Lleida, Sevilla, Málaga, la Región de Murcia y Balears. De hecho en Murcia, el gobierno autonómico ha activado hasta 11 millones de euros para realizar préstamos en condiciones más ventajosas, para aquellos afectados por las inundaciones. A través de la entidad ICREF, los autónomos podrán créditos de hasta 100.000 euros al 1,5% de interés, dos años de carencia y un plazo de hasta 5 años para devolverlos.

  5. no podían faltar los autónomos situados en la isla de Gran Canaria, cuyos negocios sufrieron los efectos de los gravísimos incendios forestales, declarados entre el 10 y 17 de agosto de 2019.

  6. aquellos negocios ubicados en las provincias de Albacete, Alicante, Valencia, Almería, Málaga, Granada, Región de Murcia, Illes Balears y la Comunidad de Madrid, que sufrieron los efectos de la DANA sucedida entre el 12 y el 16 del mes de septiembre de 2019.

  7. por último, también podrán beneficiarse de todas estas medidas aquellos autónomos cuyos negocios hayan sufrido otros daños, causados por temporales de lluvias torrenciales, nieve, granizo, viento, inundaciones, desbordamientos de ríos y torrentes, pedrisco, fenómenos costeros y tornados, así como incendios forestales u otros hechos catastróficos, entre el 1 de abril de 2019 y el 20 de septiembre.

Esperamos haberte resuelto las dudas sobre las ayudas que puedes solicitar, en el caso de que hayas sido tristemente afectado por alguna de estas catástrofes naturales.

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