He recibido una herencia ¿me afecta en la declaración de la renta?

Si estás en esta situación te damos algunas pautas para de hacer tu declaración de la renta.

Las herencias y donaciones tributan por el Impuesto de sucesiones y donaciones y no esta sujeto al impuesto sobre la renta de las personas físicas. No obstante, el rendimiento de los bienes recibidos si los hubiere, si van a tener que incluirse en la declaración de la renta, vamos a explicar como afecta.

Si lo que has heredado o te han donado son inmuebles, es posible que estén arrendados, en este caso, no pagas en renta por la adquisición, sí que tendrás que declarar los ingresos de los alquileres, con las normas del impuesto ingresos menos gastos directamente relacionados. Si se trata de una vivienda se pueden aplicar las bonificaciones para estimular el mercado del alquiler que varían según el perfil del inquilino.

Si la propiedad que has recibido está desocupada, vas a tener que declarar el rendimiento teórico que se imputa a efectos del impuesto.

Es posible que tus padres te hayan donado uno o varios inmuebles y se hayan reservado el usufructo. En este caso o en otro que solo recibes la “nuda propiedad “no afecta a tu declaración de renta.

En el caso que compartas la propiedad de un inmueble con otras personas, el rendimiento es el proporcional a la cuota que te corresponde.

Si has heredado un piso de tu abuelo y lo has vendido en el ejercicio que declaras la renta, has de declararlo, como cualquier bien que vendas de tu propiedad particular, tributas la pérdida o ganancia que se obtiene de la diferencia del valor de adquisición y el valor de venta teniendo en cuenta los gastos directamente relacionados.

Puede plantearnos alguna duda acerca del valor que tiene el bien recibido ya que se obtiene de una manera gratuita y además el impuesto de sucesiones y donaciones está cedido a las comunidades autónomas, y la tributación difiere de una a otra, algunas tienen bonificaciones significativas entre familiares directos hasta la exención del impuesto.

No obstante, a efectos de la declaración de renta no afecta, el valor de adquisición de un bien es el que consta en la escritura de donación o de aceptación de herencia.

Si lo que has recibido son acciones, depósitos bancarios, otros bienes, solo has de declara en la renta los rendimientos dividendos o intereses y en caso de venta el beneficio o perdida patrimonial teniendo en cuenta el valor en la fecha de adquisición y el valor en la de venta.

La advertencia de los expertos de Txerpa es guardar los documentos junto con todos los gastos para ahorrar impuestos.

 
 

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