Hacienda aumenta el control y las bajas de oficio sobre los autónomos incluidos en el ROI

Hacienda ha aumentado el control sobre los autónomos que están incluidos en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), ya sean altas iniciales, o autónomos que previamente en el censo. Así lo hemos comprobado en Txerpa Gestoría Online, ante la alerta de muchos de nuestros clientes incluidos en el ROI, que han visto cómo la Agencia Tributaria les notificaba su baja censal de oficio de este registro, que como sabes te permite vender y comprar sin IVA con operadores europeos también incluidos en este censo de la Unión Europea.

Además, los autónomos que solicitan su registro en el ROI en su alta en Hacienda, están viendo cómo Hacienda ha aumentado el control sobre estas altas. Vamos a explicarte todo lo relacionado con este tema, sobre todo cuándo puede Hacienda dar de baja a un autónomo del ROI, incluso sin previo aviso.  

Qué puede provocar la baja de oficio de un autónomo del ROI:

El mero hecho de no registrar en tu contabilidad facturas intracomunitarias de venta o compra durante 12 meses consecutivos, puede generar en Hacienda indicios de que vas a usar tu número VAT de forma fraudulenta, pudiendo iniciar tu baja del ROI de oficio. Ahora bien, insistimos en que se supone que tienen que tener más pruebas para así, de manera global, entender que realmente puede haber peligro de fraude. 

¿Por qué sucede esto? El objetivo de Hacienda con esta práctica es prevenir casos de fraude fiscal, ante la posibilidad de que el el número VAT sea utilizado de manera fraudulenta, persiguiendo así confirmar la efectiva recaudación del impuesto del IVA.  

¿Cómo procede Hacienda?

Te enviarán una notificación informándote del inicio del trámite y los motivos (no comerciar en los últimos 12 meses). Podrás modificar tú mismo la baja, de manera voluntaria, como siempre con el Modelo 036. Eso es totalmente voluntario, puesto que pasados 10 días hábiles, desde que recibes la notificación, se confirmará de oficio tu baja.  

Eso sí, en estos 10 días tienes la oportunidad de realizar alegaciones, en el caso de que efectivamente sigas realizando operaciones intracomunitarias y simplemente se trate de un error. Tus factoras o Libros de Registro serán pruebas suficientes. 

Cuándo puede Hacienda denegar a un autónomo su registro en el ROI:

Como te comentábamos, cada vez son más los casos en los que Hacienda deniega a los autónomos sus solicitudes de ingreso en el ROI

Como sabes, para darte de alta como autónomo con operaciones intracomunitarias, tienes que indicarlo en el Modelo 036 de alta en Hacienda. En Txerpa ya te hemos hablado alguna vez del detallado control que realiza la Agencia Tributaria para evitar el fraude. De hecho, tienen hasta 3 meses para comprobar todos los datos que has facilitado, para asegurarse que realmente vas a realizar operaciones con operadores intracomunitarios. 

Aunque estamos acostumbrados a ver cómo el proceso de alta se alarga muchas veces de manera excesiva en el tiempo, hasta la fecha no habíamos detectado tantas denegaciones. De hecho, hace unos años, el alta en el ROI se concedía a los autónomos sin más, pero observamos cómo la Administración es cada vez más puntillosa con este aspecto, aumentando el control sobre los autónomos que quieren ingresar en el ROI.

En estos momentos, cuando desde Txerpa gestionamos un ingreso en el ROI, muchas veces el futuro autónomo recibe una notificación por parte de Hacienda solicitando la siguiente documentación para confirmar el alta en el ROI:  

  • una descripción de las actividades que vas a realizar.

  • justificantes.

  • presupuestos.

  • facturas proforma.

  • contratos con los proveedores o clientes con los que vas a realizar operaciones comunitarias.

  • justificantes de estar de alta en la Seguridad Social. Esto se referiría a los casos en los que ya eres autónomo, pero vas a empezar a realizar operaciones intracomunitarias. En el caso de las altas iniciales sería complicado, teniendo en cuenta que el alta de autónomo pasa primero por estar registrado en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

  • certificados de estar al corriente de pagos con las diferentes administraciones.

 

Como te puedes imaginar, si solicitan algún tipo de comprobante, será mucho más exhaustivo en el caso de que ya seas autónomo y necesistes registrarte en el ROI, que en el caso de que se trate de un alta inicial de autónomo. 

Pero no queremos preocuparte demasiado, porque insistimos en que puedes también encontrarte con el caso de que no te piden nada y que en una semana ya estás censado. Aunque ya te decimos que en los últimos meses Hacienda está aumentando el control sobre las altas en ROI. 

Según la propia Agencia Tributaria, el objetivo es "comprobar la veracidad de los datos declarados por el obligado tributario en sus solicitudes", en el caso de que tengan algún tipo de indicio para solicitarte cualquier tipo de documentación.   

¿Necesitas ayuda con tu alta como autónomo en el ROI, o para presentar cualquier tipo de alegaciones a Hacienda? ¡En Txerpa Gestoría Online podemos ayudarte con nuestros Planes para Autónomos! Puedes escribirnos a info@txerpa.com y te explicaremos nuestros servicios, sin compromiso. 

 

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