¿Puedo desgravarme los obsequios que hago a mis clientes en Navidad?

Si eres autónomo, empresario o profesional sabes la importancia de tener a tus clientes satisfechos, y la importancia de que puedas tener un flujo de nuevos clientes.

Para conseguirlo ya te esfuerzas todo el año con tu trabajo, si además en Navidad quieres dedicar una partida presupuestaria a tener un detalle con tus clientes actuales y futuros y obsequiarles con un regalo te informamos de cómo puedes deducirte el importe de estos regalos.

Obsequio destinado a un cliente o proveedor

Los gastos de atención a clientes y proveedores se pueden desgravar en el IRPF con un tope del 1% del volumen de negocio. Por ejemplo, si tu facturación es de 100.000 euros, la partida presupuestaria en atención a clientes y proveedores seria un máximo de 1000 euros. Si el gasto supera esta cifra el exceso no sería deducible.

Es recomendable tener el justificante junto a la factura de que el gasto ha sido para un cliente, o un proveedor, por ejemplo, tener el justificante que se ha enviado a su domicilio o centro de trabajo.

Pequeños regalos publicitarios

Si son pequeños regalos con el logo/y o nombre de la empresa o profesional, destinados a promocionar directa o indirectamente productos o servicios, en este caso no tienen el tope del 1 % de los gastos de atención a clientes y proveedores, estarían en la cuenta de gastos publicitarios.

Es frecuente que empresarios o profesionales aprovechen estas fechas para repartir regalos de escaso valor, obsequios como, por ejemplo, llaveros, alfombras para ratones de ordenador, calendarios, blocs de notas, agendas, bolígrafos, etc. Tendrán la consideración de obsequios de escaso valor los que no excedan de 200 euros para un mismo cliente.

Insistimos que para que sean gastos promocionales han de llevar el distintivo de la empresa o nombre del profesional, y para demostrarlo si hacienda nos lo requiere, es recomendable que en la factura además del precio del producto conste el coste de la serigrafia. O en su caso guardar una copia del objeto.

Otra consideración a tener en cuenta para no tener problemas futuros con hacienda es la proporcionalidad del gasto realizado con los ingresos de la actividad.

Cada empresario o profesional decide que “marketing “ encaja más con su actividad, y con sus objetivos, y si eres cliente de TXERPA, y tienes dudas sobre la fiscalidad o contabilidad de tu actividad tienes un servicio profesional de asesoramiento, para su tranquilidad.

 
 

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